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Juan Manuel Doren
jmdoren en ok.cl
Sab Nov 21 14:55:39 CLST 2009
Hola
como alguien recordó el tema no es solo sobre la legislacion chilena,
asi que te doy otros enlaces
http://public.findlaw.com/abaflg/flg-12-4f-7.html
http://www.elpais.com/articulo/cataluna/jefe/puede/mirar/e-mail/-/elpepiespcat/20080415elpcat_13/Tes
http://www.elbrollo.com/noticias-y-novedades-sobre-telefon-m-vil/248565-ley-nokia-finlandia-permite-leer-los-emails-de-los-empleados.html
http://www.laflecha.net/canales/blackhats/noticias/los-jefes-podran-leer-el-correo-electronico-de-sus-empleados-en-australia
un poco antuguo...
http://www.elmundo.es/navegante/2004/06/01/esociedad/1086076782.html
http://news.cnet.com/8301-10784_3-9950451-7.html
http://smallbusiness.yahoo.com/r-article-a-41059-m-5-sc-51-can_i_read_my_employees_email-i
ahora volviendo al pronunciamiento de la inspección del trabajo
chilena ( que es sólo eso, una interpretación de la ley, pero no la
ley )
> http://www.adi.cl/index.php?option=com_docman&task=doc_download&gid=1&Itemid=53
es interesante que ese documento dice que en algunas circunstancias
la comunicación pierde el caracter de privado, por ejemplo si la
empresa puede exige que todo email sea enviado con copia a alguna
gerencia. ( Y la dirección del trabajo reconoce ese derecho ).
de acuerdo, según ese documento, lo que siempre es privado es la recepción.
un ejemplo: te llega un mail de cobranza de una casa comercial a tu
email empresarial, si la generencia te exige contestar todos los mails
con copia a gerencia, o lo contestas de tu casa o la correspondencia
deja de se privada cuando contestas con copia a gerencia (suponiendo
que asi te lo exigen).
> Como dijo alguien mas en este hijo los contratos NO pueden estar sobre la
> ley. Estas muy confundido y estas interpretando la ley de una manera
obvio que no, eso es basico, pero la ley da espacio a negociar o
renunciar a cosas, eso es parte de tu libertad, si no no serian
necesarios los contratos y los derechos se convertirian en
obligaciones....
para evitar abusos la ley puede declarar derechos ( las vacaciones por
ejemplo ) como irrenunciables, pero el mismo documento que citas habla
de situaciones en que las comunicaciones pierden el caracter de
privado.
Un ejemplo:
si por la ventana miro a la vecina ducharse me puedo ir preso porque
ella tiene derecho a la privacidad. Pero cuando se puso la casa de
cristal en el centro y la artista se duchaba no era ilegal mirarla
porque ella habia renunciado libremente a su privacidad.
otro ejemplo es ver "Gran hermano" o cualquier reality donde los
participantes renuncian a su privacidad por un contrato con la TV, Si
fuera ilegal esa renuncia el programa no se podría transmitir.
de otro modo caeriamos en aberraciones como que si se publica algo de
esta lista y lo lee un no miembro yo lo podria denuciar porque esta
correspondencia es privada aunque yo este de acuerdo en que no lo
sea....
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