Caldera + SARG

Miguel Oyarzo O. admin en aim.cl
Mie Ene 26 10:23:41 CLST 2005


Estimados,

Estoy probando OpenCaldera Server  3.1.1  (un poco antiguo al parecer).

Traté de instalar SARG, tal como el las maquinas Fedora que tengo aquí, pero
la instalación resultó pesima. Simplemente no complila. Acusa que
falta  librerias "gdImage*" y cosas similarea. ( de seguro es por la 
version viejita que estoy probando)

He tratado de buscar RPM de SARG para Caldera, pero no encuentro.

De donde puedo hayar binarios o equivalentes a .rpm que me perimtan
intalar esto sin compilar?

Saludos

Miguel Oyarzo
INALAMBRICA
Punta Arenas




At 07:12 a.m. 27/01/2005, you wrote:
>Horst von Brand wrote:
>
>>No entiendo que relacion tenga p.ej. el contato que firmo con el banco por
>>la cuenta corriente (hay _dos_ partes que en un acto formal acuerdan algo,
>>por mucho que o acepto lo que dicen o no hay trato) o con la "compra" de
>>Oracle con el poner un cartel "Se permite hacer picnic aca, siempre que no
>>boten basura"...
>>
>
>Hmm, yo la entiendo perfectamente... en los tres casos hay un compromiso 
>de dos partes acerca de hacer/entregar, o bien no hacer, algo determinado. 
>Claro, en el caso del letrero del picnic pueden haber muuuuchos 
>compromisos entre dos partes, pero eso no lo hace diferente en su 
>naturaleza, sólo en número.
>
>>[...]
>>
>>
>>
>>>"Desde el punto de vista de la propiedad intelectual la licencia, termino
>>>utilizado en materia de propiedad industrial, no es mas que una cesión
>>>del derecho de uso del programa de computación, dentro del marco del
>>>derecho de autor."
>>>
>>
>>Exacto. Cesion, _no hay acuerdo entre las partes_.
>>
>
>Cómo que no? Una parte está de acuerdo en ceder ciertos derechos, siempre 
>que se respete lo estipulado en la licencia. La otra parte está de acuerdo 
>en someterse a esas cláusulas, y con ello se le ceden los derechos de la 
>primera parte. Las dos partes están de acuerdo en lo mismo, o sea que hay 
>acuerdo entre las partes. Que haya o no intercambio de platas o un click 
>en un botón que dice "acepto" puede cambiar la categoría o la solemnidad 
>del acto, pero el acuerdo está de todas formas.
>
>>[Claro que puede ser que legalmente tengan razon, en cuyo caso son nuestras
>>leyes (para variar) las que estan patas arriba...]
>>
>
>El que por "contrato" uno se imagine la caricaturezca imagen de un papel 
>sellado, firmado en una ceremonia solemne frente a testigos, no es culpa 
>de nuestras leyes... ;-)
>
>Si en EEUU para calificar de contrato tenga que haber intercambio de 
>dinero (o especies), y/o un documento firmado, eso no cambia nada... y de 
>hecho, eso último tampoco me queda muy claro, ya que la corte suprema de 
>ese país (y esto es un precedente válido según el sistema judicial de 
>ellos), dice: "Generally, a 'copyright owner who grants a nonexclusive 
>license to use his copyrighted material waives his right to sue the 
>licensee for copyright infringement' and can sue only for breach of 
>contract." Si no hay contrato, no me explico cómo puede demandar por 
>"breach of contract" y básicamente toda licencia quedaría sin poder ser 
>aplicada, en beneficio del que la recibe... (fuente: 
>http://www.sys-con.com/story/feedback.cfm?storyid=46131)
>
>Otro: "A license is governed by the laws of contract. See McCoy v. 
>Mitsuboshi Cutlery, Inc., 67 F.3d 917, 920, 36 USPQ2d 1289, 1291 (Fed. 
>Cir. 1995) ("Whether express or implied, a license is a contract governed 
>by ordinary principles of state contract law.").--- JAZZ PHOTO, ET AL. v 
>ITC , 264 F.3d 1094 (Fed. Cir. 2001) (fuente: 
>http://www.oslawblog.com/2005/01/copyright-preemption-and-gpl.html)
>
>En el último artículo, se dice también que "The FSF has failed to this day 
>to cite any credible legal authority to support its 'non-contractual 
>license' theory." De hecho, Moglen dice que la GPL es una licencia por el 
>hecho que es una cesión unilateral y no se pide nada a cambio. Solo que se 
>acaba si el usuario decide no acatar las ¿no-obligaciones? que impone la 
>GPL (o sea, el copyleft). En el fondo, con eso se está desvirtuando el 
>tema, y se entra en tecnicismos. Por un lado, puede entenderse que el que 
>acepta la licencia se obliga a seguir lo estipulado en ella, con lo que 
>sería un contrato. Pero la otra interpretación es que puede seguir usando 
>el producto siempre que se mantenga dentro del margen permitido; si se 
>sale, pierde el derecho a seguir usando el código, pero no está obligado a 
>mantenerse dentro del margen permitido hasta que lo traspasa. Son los 
>mismos tecnicismos que fundamentan la separación de religiones y otros 
>tantos temas, pero al sobre todo en el caso de la GPL se pueden resumir en 
>algo bien sencillo: a Moglen le conviene que la GPL sea vista como algo 
>que no es un contrato, porque así puede demandar por "copyright 
>infringement" a nivel federal. En EEUU, los contratos están a nivel 
>estatal y el derecho de autor a nivel federal, entonces si Moglen logra 
>demostrar que la GPL es una licencia y no es un contrato. Todo eso tiene 
>sentido exclusivamente dentro de EEUU eso sí... Y nadie garantiza que todo 
>el mundo va a estar mágicamente de acuerdo en usar solo una de las 
>interpretaciones posibles.
>
>La realidad es que: la GPL es una licencia válida, que sigue los 
>lineamientos de la convención de Berna. Además, puede ser considerada 
>contrato dependiendo de la juridicción donde se aplica. En algunas 
>jurisdicciones, un contrato puede requerir un pago o la firma de un 
>documento. En algunas jurisdicciones, puede que un contrato de licencia 
>tenga menos poder que un contrato firmado ante notario, donde además haya 
>un pago de por medio. Puede que en EEUU sea importante defender la tesis 
>que la GPL no cae en la categiría de contratos, pero eso no cambia que en 
>otras partes del mundo sí sea parte de esa categoría.
>
>Asumiendo un momento la tesis de Moglen que una licencia (en particular la 
>GPL) no es un contrato, lo que sí puede ser interesante es que un contrato 
>tiene mucho más poder. Y Moglen quiere dejar en claro que la GPL jamás va 
>a obligar a una empresa a abrir su código por usar/extender algo bajo la 
>GPL. Bajo su tesis de GPL != contrato, eso es obvio (pero no garantizado, 
>puede haber una multa de por medio, y esa multa podría consistir en 
>publicar cierto código), no es tan fácil garantizar lo mismo al asumir que 
>es un contrato, porque puede ser que algún juez en 25 años más interprete 
>que la GPL es un contrato que obliga a alguien a publicar cierto código...
>
>Saludos,
>
>--
>Jens.




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