Copia Correo Saliente !!

Cristian Rodriguez judas.iscariote en gmail.com
Mie Nov 24 11:01:59 CLST 2004


On Wed, 24 Nov 2004 09:58:13 -0300, Juan Carlos Muñoz
<jcmunoz en dcc.uchile.cl> wrote:
> Miguel Oyarzo wrote:
> 
> 
> 
> > At 04:18 p.m. 23/11/2004, Juan Carlos Muñoz wrote:
> >
> >> Ufffff... me picaban los dedos por poder escribir...
> >>
> >> En terminos personales no veo nada de ilegal en poder auditar o ver
> >> los correos del MTA de mi empresa, siempre y cuando los empleados
> >> esten avisados, lo cual se puede hacer a traves de un anexo en el
> >> contrato...
> >
> >
> > la Dirección de  Trabajo no señala de excepciones respecto a los
> > correos de la empresa.
> > Simplemente NO se puede ver la correspondencia privada.
> >
> No si esta bien... yo me referia a mi caso personal, las definiciones
> legales son legales y son dogmaticas, podemos discutir si estan bien o
> no pero cambiarlas... uffff
> 
> > Le puedes quitar el PC si deseas, pero si el funcionario denuncia al
> > empleador por
> > mirar su correspondencia, el empleador está en problemas serios.
> 
> A mi eso me parece tremendamente perjudicial para una empresa, es como
> que yo contrato gente, que inicialmente no conosco y les doy todas las
> opciones para que hagan lo que quieran con la informacion de la empresa,
> porque claro, basta con que al empleado le llegue un correo personal
> para que yo no pueda hacer nada por ello.
> 
> mal mal mal
> 
la ley y la intimidad de las personas estan por sobre tus intereses de capital.

si encuentras a un empleado en alguna actitud sospechosa,entonces
tienes que despedirlo y buscar a otro.
si no confias en la gente con la que trabajas..la produccion nunca
sera buena,el ambiente laboral tampoco..estoy absolutamente en
desacuerdo contigo.
> 
> 
> >
> > No hay excepciones, lo demás solo con especulaciones logicas en las
> > que yo tambien creía,
> > pero me equivoqué luego de leer esto del abogado de la direccion del
> > Trabajo:
> >
> >> http://www.dt.gob.cl/legislacion/1611/article-63171.html
> >
> >
> > Puedes NORMAR el uso de la corresondencia electronica en el
> > REGLAMENTO INTERNO (exigencia para empresas con las de 10 trabajadores),
> > pero si alguien le llega o manda una carta pesonal, esta mantiene su
> > caracter de inviolable.
> >
> > Creo que es una lastima esta proteccion ...... bueno.. depende de
> > donde lo mires.
> >
> insisto... mal mal mal... ademas el empleado no tiene derecho de usar mi
> MTA para uso personal... eso me imagino que si se podra normar no???
> 
> > Saludos
> >
> mas saludos
> 
>



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