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Ricardo Munoz rmunoz en tux.cl
Vie Nov 20 11:04:46 CLST 2009


El 20 de noviembre de 2009 10:16, Reynaldo H. Verdejo Pinochet <
reynaldo en opendot.cl> escribió:

> Hola Ricardo
>
> Ricardo Munoz wrote:
> >
> > Los funcionarios del MOP presentaron una demanda (reclamando violacion a
> la
> > privacidad) luego que la Jueza Chevesic ordenara revisar cada uno de los
> > correos enviados desde y hacia el MOP. La Corte de Apelaciones no acogio
> la
> > demanda de los funcionarios ya que la privacidad deja de ser tal al
> existir
> > un proceso judicial.
>
> Al _existir_, a menos que tengas problemas serios con los tiempos
> verbales es claro que la accion y orden judicial es previo a cualquier
> acción contra la privacidad de los empleados.
>

la accion de respaldar los correos no implica violacion de la privacidad de
sus duen~os. la violacion de su privacidad se produce recien al revisar su
contenido.

 > En resumen, una empresa puede *respaldar* la comunicacion y actividad
> > (mails, IM, sitios visitados, etc.) de sus empleados para luego presentar
>
> Ojo que no estamos hablando de 'respaldar'. Eso es simplemente
> confundir he intenar derivar el sujeto de discución a conceptos
> más 'volatiles'. Aqui estamos hablando de intercepción de comunicaciones
> privadas.
>

"interceptar" es lo mismo que "analizar, revisar, leer, etc.", guardar un
respaldo es simplemente eso, un respaldo de la comunicacion sin ver su
contenido. otro ejemplo, los ISP guardan por un minimo de 6 meses las URL
que visitan sus clientes, esa informacion la deben entregar en caso de una
orden judicial.

 > esa informacion como prueba en un posible caso judicial. Recien ahi, y
> solo
> > funcionarios judiciales (o similar), podrian revisar el contenido de esa
> > informacion.
>
> Tu conclusión sigue siendo errada. Relee tu parrafo y la noticia
> y te darás cuenta que existió una orden judicial emanada desde
> un tribunal antes de cualquier respaldo/espionaje.


no estoy repitiendo lo que lei en alguna noticia, estoy diciendo lo que lei
en el fallo de la Corte de Apelaciones. lamentablemente no te puedo dar el
rol de la causa.

No hay nada que autorice a una empresa a violar la privacidad de sus
> funcionarios sin que medie la acción y orden previa de un tribunal.
> Ojo que esto esta por sobre la legislación sobre delitos informáticos,
> el derecho a la privacidad es un derecho fundamental garantizado
> incluso por tribunales internacionales. Revisar: Ley 19.628 tambien
> la 'inviolabilidad de las comunicaciones privadas' y 'Allanamiento e
> interceptación de comunicaciones', etc.
>

el derecho de la "inviolabilidad de las comunicaciones privadas" esta
garantizado por la Constitucion. pero, en un proceso judicial este derecho
es "violable" por un funcionario judicial.

respaldar la comunicacion no es ilegal.

en el caso del MOP, como crees que obtuvieron todos los mails de los
funcionarios? usaron una maquina del tiempo para viajar al pasado con la
orden judicial en mano? ;)

-- 
Ricardo Mun~oz A.
http://www.tux.cl


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